Muchas personas deciden compartir su vida en pareja a través de la convivencia diaria, formando una familia bajo la figura de la unión libre. Sin embargo, es importante aclarar que, para que una unión marital de hecho sea reconocida legalmente, se requiere un tiempo mínimo de 2 años de relación. Los requisitos para que se configure la Unión están expresamente determinados en la ley, no obstante, al existir tantos casos particulares, y buscando que no se vulneren derechos fundamentales, las altas cortes en Colombia han emitido algunos fallos, en lo que establecen algunas excepciones, en las cuales no es necesaria la cohabitación continua, ni la existencia de relaciones íntimas, como requisitos indispensables para que esta forma de unión sea válida.
En línea con lo anterior, la clave radica en la intención de los miembros de la pareja de formar un proyecto de vida en común, lo cual puede manifestarse de diversas maneras, más allá de la convivencia física diaria. Ejemplo de esto son los militares, pilotos y demás personas con profesiones que les impide mantener una convivencia constante con su pareja, pues aunque estos no estén a tiempo completo con su cónyuge e incluso aunque no mantengan relaciones íntimas continuas, tienen la posibilidad de ser parte de esta figura jurídica.
En Colombia, la unión marital de hecho, regulada por la Ley 54 de 1990, reconoce la convivencia permanente y exclusiva de una pareja sin necesidad de estar casados. Desde el 30 de junio de 2013, la Corte Constitucional emite la sentencia C-577 de 2011, en la cual extendio esta figura juridica y todos sus derechos en favor de las parejas del mismo sexo.
El abogado de familia Jimmy Jimenez, de Integrity Legal, destaca que “la unión marital de hecho puede ser constituida y reconocida incluso si no hay una convivencia permanente en el mismo domicilio, para algunos casos excepcionales. Esto aplica en situaciones donde uno de los compañeros permanentes tiene una profesión que requiere viajes frecuentes o estancias prolongadas fuera del hogar. En tales casos, la ley reconoce la unión marital de hecho siempre que se pueda demostrar la intención de vivir juntos y la existencia de una relación estable y duradera, la dependencia y apoyo económico, sin necesidad de convivencia continua en un solo lugar”.
¿Cómo se demuestra la unión marital de hecho en Colombia?La unión marital de hecho se puede demostrar a través de varios medios:
Ante centro privado, notario o juez: Las parejas pueden declarar su unión marital de hecho mediante cualquiera de las 3 opciones legales, mediante una escritura pública ante un notario, o en un proceso judicial a través de un juez de la república, no obstante, esta figura se usa especialmente cuando una de las partes ha fallecido, o cuando no están de acuerdo con la declaración. También pueden hacerlo en un centro de conciliación privado, de común acuerdo.
Pruebas de convivencia: Se pueden presentar pruebas que demuestren la convivencia y la comunidad de vida, como testimonios de vecinos, familiares, amigos, fotografías, dependencia económica, declaraciones extraprocesales y documentos que muestren la dirección compartida.
Algunos de los beneficios de declarar la unión marital de hecho incluyen:
Sociedad patrimonial: Los bienes adquiridos durante la convivencia se consideran parte de una sociedad patrimonial, y deberán ser adjudicados a los compañeros permanentes en partes iguales.
Seguridad social: Inclusión como beneficiario del Sistema de Seguridad Social en Salud.
Caja de Compensación Familiar: Inclusión en la Caja de Compensación Familiar.
Sustitución pensional: Derecho a la pensión de sobreviviente en caso de fallecimiento de uno de los compañeros permanentes.
Vocación hereditaria: Derecho a heredar en caso de fallecimiento de uno de los compañeros permanentes.
La recomendación para las parejas es que cualquier decisión de vida, sea planificada, previniendo eventuales diferencias y conflictos, incluso contemplar la posibilidad de unas capitulaciones maritales.