Bogotá DC, julio de 2026. Un juez de Bogotá condenó en primera instancia al exalcalde de Santa Marta Carlos Eduardo Caicedo Omar a 9 años y 9 meses de prisión tras encontrarlo responsable de los delitos de contrato sin cumplimiento de ley y peculado por apropiación agravada.
Irregularidades contractuales y pérdidas financieras
Según la prueba presentada por la Fiscalía General de la República, los hechos se remontan a un contrato firmado el 20 de agosto de 2014 entre la ESE Alejandro Próspero Reverendo y una empresa privada, por un valor de 6.532 millones de pesos, destinado al mantenimiento y adecuación de centros de salud en sectores como Bastidas, La Candelaria, Mamatoco, Taganga y La Paz.
La investigación encontró que Caicedo, en su calidad de Presidente del Directorio de la ESE, impulsó el proyecto a pesar de serias deficiencias técnicas y legales:
Falta de estudios previos y permisos de demolición. Falta de conceptos de viabilidad técnica por parte del Ministerio de Salud. No incluirlo en el plan de adquisiciones anual (los permisos de construcción solo se expidieron tres años después del inicio de las obras).
Debido a estas anomalías, las obras quedaron inconclusas (el Centro de Salud de Mamatoco sigue inconcluso) y cesó la prestación de servicios a la comunidad, lo que hizo necesario el traslado de la atención a sitios temporales. El Ministerio Público certificó una pérdida financiera superior a los 5.040 millones de pesos y afirmó que se transfirieron 4.408 millones al contratista, mientras que las obras realizadas apenas alcanzaron un valor de 1.570 millones.
Sanciones e inhabilitación
Además de la pena de prisión, la pena impuesta a Caicedo fue una multa de 4.453 salarios mínimos legales mensuales vigentes en 2014, así como una inhabilitación por 9 años y 9 meses para el ejercicio de derechos y funciones públicas. La decisión que se emita es de primera instancia y contra ella proceden los recursos legales correspondientes.











